jueves, 14 de febrero de 2013

LA CONFESIÓN


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Por:  R.P.  A. OFRAY, S.E.M.V.
 

            “Cristo instituyó el sacramento de la Penitencia en favor de todos los miembros pecadores de su Iglesia, ante todo para los que, después del Bautismo, hayan caído en el pecado grave y así hayan perdido la gracia bautismal y lesionado la comunión eclesial.  El sacramento de la Penitencia ofrece a éstos una nueva posibilidad de convertirse y de recuperar la gracia de la justificación.” 1  

1.  ¿QUÉ ES LA CONFESIÓN? 

            Es el sacramento mediante el cual se nos perdonan todos los pecados cometidos después del Bautismo, y además, recibimos la gracia santificante, o aumento de la misma.2 

            También se le denomina sacramento de la penitencia, sacramento de la reconciliación, sacramento de la confesión o sacramento del perdón.3
 

2. ¿QUÉ EFICACIA TIENE EN LA SANTIDAD Y PERFECCIÓN CRISTIANA?
 
            La Confesión, o Penitencia posee una eficacia excepcional en vista al aumento de la gracia santificante que efectúa en nosotros: desarraigo del pecado, y la adición de nuevas fuerzas sobrenaturales para la batalla espiritual contra los enemigos del alma.4
 
3. ¿QUÉ DISPOSICIONES SON NECESARIAS PARA RECIBIR ESTE SACRAMENTO CON FRUTO?
 
            Son muy importantes las aptitudes interiores del alma para dejar que este sacramento proporcione toda su eficacia santificadora y sanadora. 
            Las primeras disposiciones son las generales, necesarias para recibir cualquier sacramento.  Estas son:
• Un espíritu de fe en la misericordia infinita de Dios, que se ha de manifestar a través del sacerdote confesor.
• Una esperanza máxima, pues de esa misericordia infinita de Dios confiamos en recibir su perdón.5
• Caridad, intenso amor de Dios, que arranque de nuestro corazón humildes actos de arrepentimiento, y desarraigue de nuestra alma todo afecto desordenado. 
4. ¿QUÉ OTRAS DISPOSICIONES SON NECESARIAS?
          a.  La contrición o dolor de corazón: Es un dolor espiritual, de arrepentimiento y compunción por haber ofendido a un Dios tan bueno y santo.  Es aborrecer el pecado con la determinación de no volver a pecar.  La contrición perfecta es aquella que nace del amor de Dios, cuando nos dolemos de haber ofendido a un Dios tan amoroso y santo.  Esta contrición borra todos los pecados veniales y mortales.6 
            La contrición imperfecta es la llamada atrición, que es un arrepentimiento no tanto por haber ofendido a Dios, sino por temor a las penas del pecado, como podría ser la condenación eterna.  Tal actitud no perdona las faltas graves, pero dispone a recibir su perdón en la Confesión. 
            Es de recordar que con una intensísima contrición se alcanza no solamente el perdón de todas las culpas, sino además, un aumento importante de la gracia santificante, necesaria para avanzar en el camino de santidad.
          b.  La confesión de los pecados: Es el acto y momento en el que el pecador confiesa a Dios, ante el sacerdote, su culpa, arrepentido de todo corazón. Hay que decir todos los pecados recordados después de un diligente y atento examen de conciencia.  Es importante saber lo recomendable que es confesar también los pecados veniales, aunque de suyo, no sea estrictamente necesario.  He aquí algunas condiciones eficaces para la confesión: 
              Humildad: Es el primer signo de la gracia, pues con la humildad nos reconocemos pecadores y necesitados del perdón de Dios.7 
            • Integridad: Es decir, de los motivos que nos llevaron al pecado.  Esto ayuda a evitar las confesiones vagas y rutinarias. 
            • Frecuencia: Descubriendo la gran eficacia santificadora de este sacramento, no dejaremos de acudir con frecuencia a él.  Es triste ver almas que no ponen el empeño en recibirlo, dejando que pase el curso de los meses y años, y peor aún, con pecados graves.  Y así, se privan de recibir el gran tesoro espiritual de la santa Comunión por mucho tiempo.
            Desgraciadamente, no pocas veces se suele usar como el “sacramento de emergencia” para poder participar en otros sacramentos. Por ejemplo, confesarse a penas unos minutos antes de contraer Matrimonio;  el confesarse el día de la primera Comunión de su hijo(a) para que “vean que comulgo”.  En fin, tales confesiones, muchas se hacen con poca preparación, con las prisas y el nerviosismo del momento, de tal manera que no pocas de ellas podrían hacerse con dudosa validez.
          c. La satisfacción:  El pecado es un daño moral hacia Dios y al prójimo, por tanto, es necesario hacer lo que esté en nuestra posibilidad para repararlo y restaurar la armonía previa.  Ello se exige en virtud de la justicia.  La absolución borra el pecado pero no arregla y compone todos los desórdenes, efectos del pecado cometido.  Un claro ejemplo; la Confesión perdona el pecado grave de la calumnia, mas, por otro lado, no restituye la reputación manchada del calumniado.  Por eso, hay que reparar, y a esto se le llama penitencia.  No es lo que se ¨paga¨ por el pecado cometido o absuelto, pues la Sangre de Cristo es de valor infinito, y su fruto derramado sobre nosotros es impagable. 
            La penitencia o la satisfacción es el acto final del sacramento.  Ella nos une a Cristo, quien muriendo pagó por nuestros pecados.8  La  impone el mismo confesor. 
5. ¿CUÁLES SON SUS EFECTOS SANTIFICADORES EN EL ALMA?
            Con todo lo antes dicho, es indiscutible la tremenda eficacia santificadora de este sacramento y la importancia que tiene para el alma que aspira seriamente a la santidad cristiana.  Con todo, enumeraremos algunos otros efectos de la Confesión, poderosamente santificadores:9 
a.  Aumento de las fuerzas espirituales y fortaleza: Este efecto es de no poca importancia, pues es de saber que la Confesión nos regala gracias especiales para no volver a caer precisamente en aquellos pecados ya confesados.
            Este incremento de la gracia nos previene de caer ante futuras tentaciones y nos da fortaleza para combatirlas y vencerlas. 
b.  Incremento de la gracia santificante: Como ya lo hemos dicho antes, este es el efecto fundamental de este sacramento, a la par con todos los demás sacramentos.  Este aumento o incremento sobrenatural en la vida de la gracia está en proporción con las disposiciones interiores del penitente. 
c.  Paz interior: Es un efecto muy consolador, pues restablece la rectitud de la conciencia, y vigoriza la inocencia de la libertad de los hijos de Dios.  Esta paz afecta positivamente hasta los rincones más profundos de la psicología humana, como bien enseña la experiencia.
            ¡Cuántos problemas “psicológicos y psiquiátricos” no se resolverían simplemente através de una buena confesión, más que acudiendo de médico en médico, e ingiriendo infinidad de calmantes, ansiolíticos y antidepresivos, sin mencionar la gran cantidad de dinero que hay que emplear! 
d.  Luz interior: Es el efecto de la gracia haber quitado el pecado, que ciega la mente y el corazón. 
            Cuántas luces nos da este sacramento, que una vez perdonados, nos damos cuenta del horror del pecado, de la necesidad de perdonar, de la importancia de los propósitos de cambiar para poder avanzar rápidamente en el camino de la santidad.
            En fin, vemos de manera más clara el peligro de las ocasiones que nos hicieron caer y alejarnos de Dios.10







1 CEC n. 1446.
2 ¨De la misma manera que un hombre al ser bautizado por un sacerdote es iluminado con la gracia del Espíritu Santo, así también el que hace confesión arrepentido recibe mediante el sacerdote el perdón por gracia de Cristo.¨ (San Atanasio, en Contra Novaciano)
3 ¨La práctica de este Sacramento, por lo que se refiere a su celebración y forma, ha conocido un largo proceso de desarrollo, como atestiguan los sacramentarios más antiguos, las actas de Concilios y de Sínodos episcopales, la predicación de los Padres y la enseñanza de los Doctores de la Iglesia. Pero sobre la esencia del Sacramento ha quedado siempre sólida e inmutable en la conciencia de la Iglesia la certezade que, por voluntad de Cristo, el perdón es ofrecido a cada uno por medio de la absolución sacramental, dada por los ministros de la Penitencia; es una certeza reafirmada con particular vigor tanto por el Concilio de Trento,(Cf. Conc. Ecum. Tridentino, Sesión XIV, De sacramento Paenitentiae, cap. I y can. 1: Conciliorum Oecumenicorum Decreta, ed. cit., 703s., 711 (DS1668-1670. 1701)) como por el Concilio Vaticano II: «Quienes se acercan al sacramento de la penitencia obtienen de la misericordia de Dios el perdón de la ofensa hecha a Él y al mismo tiempo se reconcilian con la Iglesia, a la que hirieron pecando, y que colabora a su conversión con la caridad, con el ejemplo y las oraciones».(Const. dogm. Lumen gentium sobre la Iglesia, 11) Y como dato esencial de fe sobre el valor y la finalidad de la Penitencia se debe reafirmar que Nuestro Salvador Jesucristo instituyó en su Iglesia el Sacramento de la Penitencia, para que los fieles caídos en pecado después del Bautismo recibieran la gracia y se reconciliaran con Dios.(Cf. Conc. Ecum. Tridentino, Sesión XIV, De sacramento Paenitentiae, cap. I y can. 1: Conciliorum Oecumenicorum Decreta, ed. cit., 703s., 711 (DS1668-1670. 1701). (SS. Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Reconciliatio et Poenitentia, n. 30, Roma 1984.)
4  ¨El sacramento de la penitencia (...) no sólo es instrumento directo para destruir el pecado -momento negativo-, sino ejercicio precioso de virtud, expiación él mismo, escuela insustituible de espiritualidad, profunda labor altamente positiva de regeneración en las almas del "vir perfectus", "in mensuram aetatis plenitudinis Christi" (Ef 4, 13)»¨ (SS. Juan Pablo II, en L'Osservatore Romano, edición en lengua española, 15 de febrero de 1981, p. 9.)
5  Cfr. Lc 6, 36.
6  Pero el acto esencial de la Penitencia, por parte del penitente, es la contrición, o sea, un rechazo claro y decidido del pecado cometido, junto con el propósito de no volver a cometerlo,( Cf. Conc. Ecum. Tridentino, Sesión XIV De sacramento Paenitentiae, cap. IV: De contritione: Conciliorum Oecumenicorum Decreta, ed. cit., 705 (DS 1676-1677). Como se sabe, para acercarse al sacramento de la Penitencia es suficiente la atrición, o sea, un arrepentimiento imperfecto, debido más al temor que al amor; pero en el ámbito del Sacramento, bajo la acción de la gracia que recibe, el penitente « ex attrito fit contritus », de modo que la Penitencia actúa realmente en quien está dispuesto a la conversión en el amor: cfr. Conc. Ecum. Tridentino, ibidem, ed. cit., 705 (DS 1678)) por el amor que se tiene a Dios y que renace con el arrepentimiento. La contrición, entendida así, es, pues, el principio y el alma de la conversión, de la metánoia evangélica que devuelve el hombre a Dios, como el hijo pródigo que vuelve al padre, y que tiene en el Sacramento de la Penitencia su signo visible, perfeccionador de la misma atrición. Por ello, «de esta contrición del corazón depende la verdad de la penitencia».(Ordo Paenitentiae, 6 c)
 
Remitiendo a cuanto la Iglesia, inspirada por la Palabra de Dios, enseña sobre la contrición, me urge subrayar aquí un aspecto de tal doctrina, que debe conocerse mejor y tenerse presente. A menudo se considera la conversión y la contrición bajo el aspecto de las innegables exigencias que ellas comportan, y de la mortificación que imponen en vista de un cambio radical de vida. Pero es bueno recordar y destacar que contrición y conversión son aún más un acercamiento a la santidad de Dios, un nuevo encuentro de la propia verdad interior, turbada y trastornada por el pecado, una liberación en lo más profundo de sí mismo y, con ello, una recuperación de la alegría perdida, la alegría de ser salvados,(Cf. Sal 51 (50), 14) que la mayoría de los hombres de nuestro tiempo ha dejado de gustar.  (SS. Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Reconciliatio et Poenitentia, n. 31, III)
7  Cfr.  Lc 19, 10-14.
8  1 Jn 2, 1-2.
9  ¨Hay que subrayar también que el fruto más precioso del perdón obtenido en el Sacramento de la Penitencia consiste en la reconciliación con Dios, la cual tiene lugar en la intimidad del corazón del hijo pródigo, que es cada penitente. Pero hay que añadir que tal reconciliación con Dios tiene como consecuencia, por así decir, otras reconciliaciones que reparan las rupturas causadas por el pecado: el penitente perdonado se reconcilia consigo mismo en el fondo más intimo de su propio ser, en el que recupera la propia verdad interior; se reconcilia con los hermanos, agredidos y lesionados por él de algún modo; se reconcilia con la Iglesia; se reconcilia con toda la creación. De tal convencimiento, al terminar la celebración —y siguiendo la invitación de la Iglesia— surge en el penitente el sentimiento de agradecimiento a Dios por el don de la misericordia recibida.¨ (SS. Juan Pablo II, Exhortación Apostólica Reconciliatio et Poenitentia, n. 31, V.)
10  ¨El sacramento de la penitencia, que tanta importancia tiene para la vida del cristiano, hace actual la eficacia redentora del misterio pascual de Cristo. En el gesto de la absolución, pronunciada en nombre y por cuenta de la Iglesia, el confesor se convierte en el medio consciente de un maravilloso acontecimiento de gracia. Al adherir con docilidad al Magisterio de la Iglesia, se convierte en ministro de la consoladora misericordia de Dios, pone de manifiesto la realidad del pecado y al mismo tiempo la desmesurada potencia renovadora del amor divino, amor que vuelve a dar la vida. La confesión se convierte, por tanto, en un renacimiento espiritual, que transforma al penitente en una nueva criatura. Este milagro de gracia sólo puede realizarlo Dios, y lo cumple a través de las palabras y de los gestos del sacerdote. Al experimentar la ternura y el perdón del Señor, el penitente reconoce más fácilmente la gravedad del pecado, y refuerza su decisión para evitarlo y para permanecer y crecer en la reanudada amistad con Él   (Discurso de Benedicto XVI a los penitenciarios de las Basílicas Pontificias, Sobre el valor sobrenatural de la función del sacerdote como confesor, 2007)
 

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